La información que aparece a continuación sobre la autosuficiencia de los pasajeros es la que expone el Ministerio de Transporte del Reino Unido en Access to Air Travel for Disabled People: Code of Practice (julio de 2008) y la que se establece en las Directrices de la Comisión Europea sobre la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 (2012).