Puedes tener derecho a una indemnización o a gastos según se establece en la siguiente notificación de tus derechos conforme al Reglamento (CE) n.º 261/2004.
No tienes derecho a una indemnización:
- Si podemos demostrar que la reprogramación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque Ryanair hubiera tomado todas las medidas razonables, incluyendo, entre otras, causas de inestabilidad política y seguridad, condiciones meteorológicas, conflictos laborales, y fallo o retraso del servicio de control del tráfico aéreo.
- Si se te notificó la reprogramación de tu vuelo con más de 14 días de antelación respecto a tu fecha de salida programada.
- Si se te notificó la reprogramación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida programada y se te ofreció un transporte alternativo que te permitía salir no más de dos horas antes de la hora de salida programada y llegar a tu destino final menos de cuatro horas después de la hora de llegada programada.
- Si se te notificó la reprogramación con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida programada y se te ofreció un transporte alternativo que te permitía salir no más de una hora antes de la hora de salida programada y llegar a tu destino final menos de dos horas después de la hora de llegada programada.
Puedes tener derecho a la siguiente asistencia:
- Comidas y refrigerios (en función del tiempo de espera).
- Dos llamadas telefónicas.
- Alojamiento en un hotel.
- Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros).
Tendrás que ponerte en contacto con nosotros antes de organizar cualquier transporte alternativo para que primero podamos tener la oportunidad de intentar acomodarte. Cuando no nos sea factible organizar la asistencia mencionada anteriormente, te reembolsaremos los gastos razonables justificados mediante recibo, que deberás enviar aquí.